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martes, 3 de julio de 2018

Certificado de eficiencia energética edificios existentes



EL OBJETIVO

El objetivo de este informe es fomentar la eficiencia energética de todos los edificios existentes, teniendo en cuenta la incidencia de las condiciones climáticas exteriores y las particularidades locales, así como los requisitos ambientales interiores y la relación coste - eficacia.

El Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, establece la obligatoriedad de la certificación energética de edificios existentes.

Dicho Real Decreto incluye también en su ámbito de aplicación:

  • Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario: a partir del 1 de junio de 2013.
  • Edificios o partes de edificios propiedad de una entidad pública con una superficie total superior a 500 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público: a partir del 1 de junio de 2013.
  • Edificios o partes de edificios propiedad de una entidad pública con una superficie total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público: a partir del 9 de julio de 2015.
  • Edificios o partes de edificios alquilados de una entidad pública con una superficie total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público: a partir del 31 de diciembre de 2015.

En estos momentos, el procedimiento de certificación de edificios existentes no está habilitado. La información se actualizará cuando el servicio esté disponible. Aún así, se describen a continuación los pasos que se deberán dar:

Calificación

Procedimiento técnico de cálculo para determinar el comportamiento energético del edificio o parte de edificio y las posibles mejoras energéticas mediante cualquiera de las herramientas consideradas como documentos reconocidos por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para la certificación energética de edificios existentes (CE3, CE3X y Calener). La calificación energética debe estar realizada por un técnico competente.

Al finalizar el proceso de calificación energética se generará un informe que deberá incluir las recomendaciones de mejora que establece el Real Decreto. Este informe no se considerará un certificado de eficiencia energética válido si no tiene la aprobación del ICAEN que emitirá la etiqueta energética correspondiente.

Certificación

Es el trámite administrativo por el que se otorga una calificación energética en un edificio mediante el certificado, la etiqueta de eficiencia energética y la inscripción en el Registro de certificados de eficiencia energética de edificios de Cataluña.

El ICAEN, como órgano competente en materia de certificación energética, gestiona las solicitudes de inscripción en el Registro de certificados de Cataluña, y hace la revisión administrativa y técnica para verificar la correcta aplicación de la metodología.

Obtención de la etiqueta de eficiencia energèticaUn vez revisada y validada la documentación presentada, el ICAEN enviará la etiqueta de eficiencia energética al propietario del edificio con validez de 10 años desde su fecha de emisión.

Esquema del procedimiento a seguir:



Técnicos competentes para hacer certificados

Todos aquellos técnicos que estén en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones • térmicas, según lo establecido en la LOE, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o haya acreditado la cualificación profesional necesaria para celebrar certificados de eficiencia energética según lo establecido mediante la orden prevista en la disposición adicional cuarta.

Actualmente el CGATE tiene firmado convenio con el IDAE en representación del Ministerio de industria, energía y turismo donde se reconocen los aparejadores-AT-EE como técnicos competentes.

Modelo de certificado y de etiqueta

El Real Decreto no contempla ningún modelo oficial de certificado, pero las diferentes herramientas informáticas que el Ministerio de industria, energía y turismo ha puesto a nuestra disposición como documentos reconocidos nos dan varias versiones del mismo.

A fecha 24 de abril de 2013 el Ministerio de industria, energía y turismo ha publicado un modelo de certificado energético en su pagina WEB. Desde el Área técnica pensamos que este modelo puede ser modificado por cada una de las administraciones autonómicas que controlaron el procedimientos y la emisión de la etiqueta.

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