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miércoles, 23 de marzo de 2011

TRAMITACIÓN DE LICENCIA DE OBRAS MENORES EN EL AYUNTAMIENTO DE VIC





 
Tipología de obras
Incluye aquellas obras que no tenga la consideración de obra mayor:
    * Sustitución de pavimentos que no alteren el estado de cargas del edificio
    * Sustitución o nueva instalación de revestimientos interiores (alicatados, estucados, enyesados, etc.)
    * Sustitución de carpintería (puertas, ventanas, persianas, barandillas);
    * Colocación, reparación y sustitución de falsos techos;
    * Sustitución de aparatos sanitarios, lavaderos, mármoles o muebles de cocina, la reparación de cubiertas  
    * Reforma de locales y viviendas que no modifique sustancialmente la distribución;
    * Instalación de bajantes, conexiones;
    * Colocación de puertas, persianas y rejas en aberturas,
    * Etc.

 Documentación a presentar

    * Instancia modelo de solicitud de licencia de obras
    * Plano o croquis a escala en el que, si se hace una reforma, se marcarán con negro las obras que se  conserven, con amarillo, las que hay que desaparezcan, y con rojo, la obra a construir.

Tiempo que tarda
Un mes a partir de la fecha de entrada de la solicitud de licencia de obras en el Registro General del Ayuntamiento. Si ha transcurrido el plazo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se considerará aceptada, salvo que se adquieran facultades urbanísticas que contravengan la ley o el planeamiento, y en este caso el silencio negativo.

Gastos
En el momento de la solicitud, se satisfacer las tasas previstas en la Ordenanza fiscal núm. 6 del Ayuntamiento. Una vez concedida la licencia, deberá satisfacer el impuesto de construcciones, instalaciones y obras, y la tasa de licencias urbanísticas, de acuerdo con el ordenanzas fiscales núm. 5 y 7 respectivamente.

Pago
Las tasas de solicitud se abonarán en efectivo, en el Registro. El cobro de las tasas y del impuesto corresponde al Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Barcelona.

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