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miércoles, 16 de marzo de 2011

Tramitación de licencias de obras menores en el Ayuntamiento de Manresa


REHABILITACIONES Y REFORMAS EN MANRESA 

Además de realizarle presupuesto y asesoramiento sin compromiso le gestionamos en el ayuntamiento de Manresa, los permisos correspondientes a cada actuación, para obtener la licencia de obras preceptiva. 


  •     Descripción del trámite: Es la licencia que se requiere para llevar a cabo obras de:
    • Obras de nueva construcción. Construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta. 
    • Obras de intervención parcial en edificaciones: ampliación, modificación, reforma o rehabilitación. Se considera ampliación la obra que no supone una variación esencial en la volumetría o en la composición general exterior y no afecta a elementos o partes de edificación objeto de protección. - Modificación, reforma o rehabilitación: Si no suponen una variación esencial en la composición general exterior, en el conjunto del sistema estructural, no tienen por objeto cambiar los usos característicos del edificio, y no afectan a elementos o partes de edificación objeto de protección. 
    • Muros de contención de tierras.  
    • Construcción de depósitos y piscinas. 
    • Elementos o instalaciones que requieran estructura o soporte autónomos y siempre que no modifiquen la configuración arquitectónica de los edificios. 
    • Grúas o aparatos elevadores en suelos de titularidad privada 
    • Tala de árboles integrados en arboleda en suelos de titularidad privada.

martes, 15 de marzo de 2011

Aplicación de Energia geotérmica en promociones públicas


La empresa municipal PUMSA ha promovido en Mataró, los primeros pisos públicos con aplicación de Energia Geotérmica. Este pionero sistema corresponde a un modelo de arquitectura sostenible de calidad, que por su diseño y singularidad ha obtenido una calificación energetica de Clase A, máxima puntuación que concede la Generalitat de Catalunya a los edificios con sistemas de ahorro energético.

domingo, 13 de marzo de 2011

CONSTRUCCIÓN DE PISCINA COMUNITARIA

DISFRUTAR DE UNA PISCINA COMUNITARIA
Una buena opción para hacer mas llevadero los calurosos días de verano en las grandes ciudades es el poder disfrutar de un refrescante baño en una piscina. Si no disponemos de estas instalaciones, y tenemos espacio para ubicarla, este sería un buen momento para empezar a plantearse la idea y poder disfrutar de ella la proxima temporada.
En el caso de plantearlo, hemos de tener en cuenta todos los costes que representará, además de la propia construcción de la piscina. Orientativamente, se tendrán en cuenta:
  • Coste de legalización (proyecto y dirección de obra)
  • Licencias y permisos municipales (taxa, permiso de obras, avales...)
  • Coste construcción de piscina
  • Coste de obras asociadas (instalaciones,jardineria,...)
  • Posibles instalaciones asociadas al ahorro de aguas (según ordenanza municipal)
  • En el caso de piscina comunitaria gastos de gestoria,modificación IBI...
Además tendremos en cuenta el coste de mantenimiento anual que nos supondrá, en concepto de revisión de instalación , reposición de accesorios y productos químicos.

Simplemente a modo de orientación económica, propongo el siguiente ejemplo:
  • Construcción de piscina comunitaria de 15 m x 6 m
  • Comunidad de propietarios 100 viviendas.
  • Adaptación de espacio comunitarios (pavimentos, iluminación...)
Aportación inversión propietario : 750 €

Quota Mantenimiento anual: 35 €

Por supuesto cada caso deberá de tener un tratamiento particular en función de las necesidades requeridas, por ello le asesoramos sin ningún tipo de compromiso, con la intención de buscar las soluciones más idoneas tanto técnicas como económicas para obtener como resultado final un proyecto totalmente viable

domingo, 28 de noviembre de 2010

Publicado el Decreto de Inspección Técnica de los Edificios

El Gobierno ha publicado el decreto de inspección técnica de los edificios a partir de los 45 años de antigüedad

El pasado 23 de noviembre el Gobierno aprobó el decreto de las Inspecciones Técnicas de Edificios,que consiste en una revisión obligatoria que deberán pasar todos los edificios de viviendas plurifamiliares que tengan más de 45 años, y los que vayan alcanzando esta antigüedad. El objetivo es instituir un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas, llevando a la práctica un procedimiento para verificar el deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus inmuebles.

-La realización de las inspecciones permitirá:
-Evitar situaciones de riesgo.
-Identificar y cuantificar las patologías existentes indicando la necesidad de actuación.
-Proporcionar a los usuarios información que les permita orientar y priorizar sus inversiones.
-Fomentar la cultura del mantenimiento para alargar la vida útil de los edificios.
-Evitar la degradación del parque de viviendas.
-Dar información a la Administración sobre la situación real del parque a fin de poder orientar y valorar correctamente las políticas de rehabilitación.

Por ello, un técnico competente (aparejador, arquitecto técnico, ingeniero de edificación o arquitecto) inspeccionará visualmente el estado de los elementos constructivos que conforman el edificio y las instalaciones para que las comunidades puedan establecer un proyecto de reparaciones y, si es necesario, alcanzar las condiciones de aptitud necesarias.

El decreto entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña